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Reforma burocrática en la Argentina - Epílogo

Por Alejandro Julio Bello

La necesidad de una reforma en la burocracia en la forma propuesta en los trabajos que anticipan el epílogo , significa en realidad una fundación de la república en el sentido político y jurídico de la palabra.-

            Hay una gran confusión entre dos conceptos que no son equivalentes ni mucho menos, uno es el concepto de democracia y el segundo es el concepto de república.-
            En la Argentina, ambos conceptos deberían converger en una forma de gobierno, conforme a la estructura constitucional; un gobierno republicano. Pero no siempre es así, ni lo fue en el pasado.-
            El sistema democrático  tiene por función la elección de los representantes del pueblo, elegidos por este a través del sistema electoral vigente,  y que generalmente coincide la función democrática con la legislación que regula tal función.-
            Pero no siempre -o mejor dicho casi nunca- los representantes del pueblo ejercen su función dentro de las normas establecidas para que deba considerarse  a la gestión como republicana. La forma jurídica y la función, no coinciden por las desviaciones del poder.-
            Ante una falta de burocracia sólida que controle la gestión de los miembros del poder político de turno, la desviación en el uso del poder otorgado por la elección democrática, se transforma en un mero trámite  cubriendo todo acto de poder con formas que parecen tener contenido republicano, pero no lo son.-
            Generalmente, los gobiernos democráticos ufanándose de haber sido elegidos por el pueblo, toman decisiones fuera de los ámbitos que las normas jurídico políticas tienen establecido en las normas que rigen las conductas -Léase Constitución Nacional.-, creyendo que la mayoría de votos obtenida amerita el derecho a transformar al gobernante de turno en el estado y no en un representante del pueblo en la estructura del estado.-
            Es así, que tomando  las normas que regulan la actividad ejecutiva -procedimientos administrativos- emiten actos administrativos por miembros del poder que carecen de facultades para emitirlos, o simplemente se dictan en contra de lo establecido en la Constitución Nacional.-
            De esta condición jurídica está plagada nuestra legislación en cifras que sorprenderían a los que analizan las conductas mediante estadísticas Como ejemplos tenemos el establecimiento del corral financiero, la fijación de retenciones, el manejo del comercio exterior, modificación de la legislación bancaria por el Banco Central, etc.etc. Solo hay que sumar los fallos de la Corte Suprema de Justicia que declaran inconstitucional actos administrativos, con mas los que nunca han llegado a esa instancia pero que son manifiestamente inconstitucionales.-
            Como vimos en las diferentes partes del ensayo sobre la burocracia,  los actos administrativos  contra la ley, generalmente  causan daños a terceros  en forma casi automática, en virtud de la existencia de presunción de legitimidad de tales actos administrativos establecidos por una ley inferior a la  Constitución.-
            La inexistencia de una burocracia sólida, preparada para tal fin, con sistemas legales independientes de los intereses de los gobernadores de turno, con estabilidad propia y con acceso a la ciencia , la tecnología y la información fluida como base  para la creación de una nueva administración,  hacen que la decisión de dictar actos administrativos contra la constitución, sea sumamente sencilla., puesto que la burocracia  con forma de ameba que conforma el estado nacional actual  no tiene ni poder ni vocación de detener los avances del poder ejecutivo sobre los otros poderes del estado.-
            El único remedio constitucional contra las decisiones administrativas violatorias de una norma superior, es la revisión de la norma ante la justicia.-
            La absoluta inoperancia de otra de las burocracias cual es la justicia, permite que el acto administrativo inconstitucional cumpla con eficacia  el efecto buscado por el emisor del mismo, sin encontrar elementos de contención hasta el dictado de una sentencia firme que así lo indique.-
            Cuando la justicia, cruzando todas las instancias previstas en los códigos procesales, llega a obtener una sentencia firme, la declaración de inconstitucionalidad del acto en cuestión, solo tiene un efecto reparador  del daño causado por el acto administrativo, solamente sobre la persona  a la que  recayó la sentencia firme y no modifica todas las demás situaciones que abarca el acto administrativo declarado nulo  o inconstitucional.-
Pero nunca llega a tiempo para  evitar que la norma tenga vigencia y haga estragos  en cualquiera de los sistemas que la república tiene para evitar los excesos de poder.-
            Como la estructura de la justicia tiene también una base constitucional que  no permite casar las leyes, hace absolutamente necesario que la estructura burocrática sea modificada para evitar que sea usada como instrumento de desviación de poder, antes que la justicia determine la última “verdad” sobre la cuestión.-.-
            Tampoco la justicia tiene la dinámica y la vocación suficiente para sancionar a los violadores de la Constitución Nacional. Ni siquiera tiene mecanismos precisos para ello, salvo que con tal acto se cometa un delito previsto en el Código Penal. Y en este último caso, pocos son los ejemplos de sentencias que condenen a funcionarios.-
            Un extraordinario ejemplo sobre el desvío en el uso  de las facultades administrativas  otorgadas por la ley, lo dio el abuso de la caja del estado por parte de la actual presidenta, cuando aún no había asumido la calidad de tal y ni siquiera había sido elegida como futura Presidente...-
            Pocos meses antes de asumir el poder, la actual presidente con una  impresionante comitiva, hicieron un viaje por Europa y América que le costó al país algo así, como  ocho millones de pesos, que fueron prolijamente dilapidados en el brevísimo plazo de 24 días., sin que tal viaje tuviera como objeto reforzar las relaciones multilaterales con los países que fueron visitados. No fue un viaje para beneficio del país, sino para el propio beneficio de la candidata.-
            Fue un verdadero viaje de placer de una fastuosidad ajena al concepto republicano, tratando de obtener fotos con los referentes políticos de la vieja Europa,  y líderes de América,  para mejorar la figura de su candidatura a presidente, en el ámbito nacional..- Traduciendo la frase. Obtención de votos mientras dilapidaban sumas significativas aún para un estado, de dinero perteneciente a las arcas públicas.-
            Independientemente del rechazo que provoca el hecho que la futura presidente usara el dinero público para sus intereses personales, no cabe duda alguna que se trató de la comisión de algún delito  previsto en el Código Penal, y en razón de ello alguien la denunció.-
            El dinero - o mas bien parte,-, se liberó del tesoro nacional fundando la necesidad  de su uso  en el decreto nro. 46/2007 cuyo resumen de la fundamentación del mismo dice:  Desígnase al personal que acompañará y secundará a la Primera Dama con motivo del viaje oficial a la ciudad de París, República Francesa, donde concurrirá a la ceremonia de firma de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.  
            Está mas que claro que la figura de la primera dama no existe administrativamente  y  gastar 8 millones para  que personal del estado acompañe a la candidata a concurrir a la ceremonia de la firma de una convención nacional es un despropósito de cualquier lado que se mire.
            Seguramente ese decreto debió cumplir con los requisitos administrativos y debió ser refrendado por algún ministro, lo que de existir delito implicaría la existencia de una verdadera asociación ilícita.-
            Cuando la acción fue denunciada ante la justicia, lo sorprendente fue que la acción penal no prosperó, porque según el juez, existía por parte de la administración, un acto administrativo que autorizaba el gasto, lo que hacía presumir legítimo el gasto y punto.-
            Independientemente de cómo termine la historia sobre ese viaje, la realidad es que un acto administrativo subsumió al código Penal,  permitió liberar fondos para actividades inexistentes y la candidata se transformó en presidente de “todos los argentinos” Y sobre todo se gastó el dinero.-
            Lo que interesa destacar en este punto es  el poder que tiene un acto administrativo en la pirámide jurídica y la posibilidad de modificar toda la estructura política y jurídica  de un país desde debajo de tal pirámide, por un acto unilateral de un funcionario, debido a la presunción de legitimidad del mismo.-
            De haber existido una legislación que solidarizara económica y penalmente a todos los firmantes del decreto, -especialmente a los servicios legales- de seguro el mismo no se hubiera firmado en las condiciones que se hicieron, que fue una verdadera burla a la población, como así también  -y eso es lo trascendente en este trabajo- la ausencia de austeridad republicana tanto en el gasto cuanto en la creencia que tenía derecho a hacerlo, por estar casada con el presidente.-
            Está claro que esta es solo una parte de las reformas que debe efectuar el estado para comenzar a transformarse en una estructura moderna y con la finalidad de servir a la población cambiando la actual estructura que hace que el estado se sirva de la población destruyendo las esperanzas de todo aquel que está interesado en la política y lo ve como una profesión aberrante, o toman a un puesto en la administración como anticipo del haber jubilatorio.-
            También está claro que toda reforma estructural -como es la que se propone en este grupo de ensayos- necesita  de una profunda información a la población y tiene necesariamente que ser la base de cualquier campaña política de largo aliento y de profundo conocimiento de la cuestión, para deslegitimar en el futuro todos los movimientos de fuerza que seguramente surgirán, cuando la reforma se ponga en funcionamiento, movimientos cuyo objetivo no será la lucha por la puja distributiva  del producto bruto nacional, sino que serán movimientos extorsivos para mantener los cupos de corrupción pre-establecidos en la burocracia vigente.- Hoy esto se ve a diario.-
            Este punto debe ser considerado de suma importancia y la Argentina tuvo una experiencia realmente interesante, cuando la población consideró sociológicamente ilegítima el dictado de la resolución 125 en materia de retenciones, pese a que el tema parecía un problema técnico que no interesaba mas que a las partes en disputa.-
            Es importante aclarar que en este análisis no se valora cual de las partes tuvo razón  ni tiende a discurrir sobre la moralidad o inmoralidad del planteo. Simplemente es un fenómeno que existió y debe ser analizado.-
            Realmente  la sensación  en la población  de la inexistencia de legitimidad la resolución 125, -esto es un criterio absolutamente personal- impidió que el poder político,  aún aplicando toda la artillería   conocida para transmitir la razón de ser de la resolución para intentar legitimar el acto administrativo, modificara la  posición ciudadana sobre el tema.- Es un fenómeno digno de estudiarse.-
            Porque, tal repercusión social que surgió sin ningún tipo de liderazgo claro, modificó las mayorías en el congreso, le retaceó enorme cantidad de poder al ex presidente y presidente de facto en esos momentos, y desembocó en la clara derrota electoral del  oficialismo en las elecciones legislativas, fenómeno impensable antes de los acontecimientos de la 125.-
            No hay que olvidarse que todo ello surgió de una resolución ministerial, que como acto jurídico se encuentra prácticamente en la base de la pirámide jurídica.-
            Considero importante la lectura de ese fenómeno, porque permite visualizar la posibilidad de incorporar al sistema social  los cambios que se proponen, dentro de las campañas políticas de aquellos candidatos que las propongan, sin la necesidad de mega operativos de marketing , puesto que la sola presentación de la idea va a generar polos de discusiones que van a trascender las fronteras.-
            Tanto la parte del estado como la del campo, hicieron pésimas lecturas sobre la cuestión de las retenciones.-
            El sector agropecuario, se convenció que su gesta estaba vinculada a sus intereses y el don divino del que son depositarios y trataron en forma triunfalista de reeditar el movimiento social con un nuevo paro, que no atrajo ni siquiera al sector cuyos intereses representaba. No entendieron que  todo trascendió a una mera cuestión de intereses sectoriales y el reclamo venía por otro lado.-
            El estado, ignoró el resultado, creyendo que su aparato político propagandístico y su calidad de semidioses iba a reparar el daño  del poder político con el paso del tiempo. El resultado de la  ceguera fue la derrota electoral y una mayor pérdida de cuota de poder aún.-
            Es curioso ver que ambas partes de la contienda a la fecha de escribir el presente ensayo, no encuentran la puerta para llegar a las voluntades de los ciudadanos ni un espacio político claro para defender sus intereses.- Parece ser que en la teoría de lo juegos el de ambas partes sumó cero.-
            El concepto de república, tiene directa vinculación con las pautas dadas por la constitución nacional,  para que el juego de poderes distribuya equilibrios establecidos.-
            Graficando la cuestión  podemos representar a  la Constitución, como un cuadrado donde el poder se puede desplazar de derecha a izquierda o de arriba hacia abajo y en los infinitos puntos que forman parte de su superficie, se puede elaborar  una política.-
            Pero jamás las decisiones pueden ser tomadas fuera de tal cuadrado, puesto que viola  el conjunto de normas políticas y jurídicas que la sociedad enmarcó en la Constitución durante centenas de años.-
            Si se quieren tomar decisiones fuera, deben tener las mayorías necesarias para modificar el tamaño del cuadro.-
            Dentro del cuadrado hay decisiones que pueden favorecer y gustar a un grupo, y enfurecer a otro, pero en tanto y en cuanto se encuentre dentro del sistema, hay legitimidad en los actos.-
            El cuadrado descripto, no representa nada mas ni nada menos que el concepto de República, que poca relación tiene que ver con el concepto de democracia. Estos dos argumentos se juntan en nuestro sistema, dentro del cuadrado, porque el proceso democrático se encuentra inserto en el cuadrado, conforme  a los límites que fija la Constitución Nacional, que no son ni mas ni menos que los segmentos que lo integran.-
            Todo acto administrativo, que viola la constitución  se dicta fuera de las normas republicanas que lo rigen, pero aún así funciona la presunción de legitimidad  que poseen tales actos.-
            Eso transforma al acto en una norma dictada por un gobierno democrático, fuera del sistema republicano, mecanismo usado  casi cotidianamente por las administraciones, para violar los límites jurídicos en que deben actuar, derivando la cuestión al poder Judicial, que con sus tiempos jurásicos, nunca resuelve nada en el momento en que se necesita.-
            Si seguimos usando el ejemplo de la 125, nos encontramos que provoca varios dilemas a la sociedad:

  1. Las dos posiciones clásicas sobre el tema son las siguientes  a.1) la validez moral  de las retenciones porque permite redistribuir la riqueza entre los mas pobres, o  a.2)  la otra es que tal resolución viola el derecho de propiedad y que las ganancias que genera el campo, también lo generan los hoteles, las industrias, etc, que no están sujetas a retenciones. Es decir, que el gobierno de turno elige a quien sacarle la plata para redistribuirla.- Esa es la postura del actual gobierno.-
  2.  La segunda de las posturas, es que, pese a la existencia de una razón moral para redistribuir dinero mediante el uso de retenciones, - la realidad es que la tierra forma parte del planeta que pertenece a la humanidad toda- existe una norma que invalida al poder ejecutivo, usar la herramienta de la resolución para redistribuir dinero y que debería ser el congreso, el que tiene las facultades, siempre que la norma dictada por el congreso, cumpla su objetivo dentro de las pautas del cuadrado.- Es la postura de las centrales campesinas.-

Como  ambas posiciones son absolutamente contrapuestas, no queda mas remedio  que remitir la cuestión al tercer poder que el  Judicial, que  debió desde origen resolver una cuestión, aún no resuelta.-
                        En realidad en el sistema del cuadrado la única institución que puede modificar los límites del mismo es la Corte Suprema de Justicia, que con su fallo hubiera acabado con una discusión que daño no solo la economía, sino el aparato político del país. Pero la Corte como siempre estuvo ausente en el conflicto.-
                        Es tan fuerte la presunción de legitimidad de un acto administrativo, que aún si el congreso decidiera revocarlo por mayoría en su seno por medio de una ley, con el derecho de veto presidencial  mantendría el acto todo su poder, hasta tanto se cumpla con un nuevo mecanismo constitucional para que sea derogado por el congreso. Eso, en el congreso actual, forma parte de  un mundo de fantasías.-
                        Es el  Poder Judicial ausente, el que debe resolver un conflicto que nunca debió haber existido, de funcionar la república.-
                        Este simple ejemplo muestra a las claras la importancia de modificar la burocracia, para que la república no pueda ser violada por la democracia, como el partido justicialista -gobernante casi eterno- lo hace en forma sistemática y consiente.-
                        Es una tragedia pensar que el país puede salir de la miasma de corrupción que corroe todo el sistema, si  el sistema democrático permite designar a un presidente  que pueda por su sola voluntad modificar el sistema constitucional y que su capacidad republicana dependa de su  sola decisión  u honestidad.-
                        Los siempre conocidos abusadores de  los actos administrativos acusan al sistema republicano  de ser lenta para tomar decisiones, cuando  la realidad es una de las virtudes mas importantes.-
                        Porque el país no está en guerra ni mucho menos. Los tiempos de discusión son básicos para obtener leyes con el consenso de  y la necesidad es solo un excusa  de los gobernantes de turno, para manejar el país sin consenso, salteando las normas republicanas, basándose en urgencia que no existen  casi nunca en el país , sabiendo de ante mano que no hay casi posibilidades de que deba responder por los daños causados a la  República.-
                       

 
 
 
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